Terreno en venta en santa isabel de la pedrera
Corredor Responsable: -
Contacto: Gustavo Sosa De Armas
TERRENO EN SANTA ISABEL DE LA PEDRERA, SEGUNDA LÍNEA AL MAR, CON CALLE POR ENFRENTE.
Se vende terreno en el balneario de Santa Isabel de la Pedrera: Es el padrón 27.928, con una superficie de 512 m2, lote medial. Es el solar 11 de la manzana 85 el cual posee 16 metros de frente y 32 metros de fondo, con calle por enfrente y sin línea de UTE la zona todavía, lo que lo hace mucho más exclusivo y tranquilo dentro del balneario, todos los vecinos poseen energía fotovoltaica (paneles)
Ubicado en la segunda línea al mar, es un lote alto, con lo que logra una excelente vista al mar, a pasos de la costa. Con orientación Nor-este, obteniendo una gran cantidad de luz de sol, todo el día.
Ubicado en una zona tranquila, rodeado de paz y con muy pocos vecinos, es el lugar a donde apunta el crecimiento del balneario. Terreno ideal para familias que quieran mudarse a este mágico lugar, y tener un pedacito de playa cercano.
Normativa de edificación: Santa isabel de la Pedrera Sector 9.4:
9.4. Zona Costa oceánica:
Comprende la zona de dunas y desembocaduras de cañadas de desagües naturales del terreno.
Comprende las manzanas: 10, 11, 26, 27, 44, 45, 57 a 59, 85 a 88 130 a 133 y 143.
Se admite exclusivamente el uso habitacional. El destino habitacional unifamiliar se admite con carácter general. En caso de proyectarse un uso habitacional colectivo (hotel, apart hotel, complejo turístico, etc.) se deberá realizar un trámite previo de viabilidad en el cual se evaluarán las externalidades ambientales y urbanísticas derivadas de la propuesta y la conveniencia o no de la implantación en relación a la capacidad de carga del sistema.
Condicionantes para predios. Se otorgarán Permisos de Construcción en los solares del fraccionamiento original.
Condiciones de edificabilidad. Se aplicarán los siguientes parámetros:
FOS: 15%
FOT: 25%
FOSR 30%
Altura máxima admitida: 2 plantas, 7 m máx. cumbrera
Retiros:
Frontal: en general 4m.
Frontal para predios de la primera línea frente al mar: 8 m
Bilaterales: 3m y 1m
Posterior: 20% de la profundidad del predio.
Cercos:
Para predios ubicados fuera de la Faja de Defensa de Costas los cercos frontales, los laterales y posteriores solo podrán ser vegetales o de materiales livianos, con una altura máxima de 1.60 m en medianeras y 0.80 m en frentes.
Ubicación relativa a la Faja de Defensa de Costas: En el plano de relevamiento, deslinde y amojonamiento con firma de Ingeniero Agrimensor requerido en el artículo 3° de la presente ordenanza, cuando se refiera a predios ubicados en la Zona Costa Oceánica deberá certificarse específicamente su inclusión o no dentro de la Faja de Defensa de Costas realizando las indicaciones gráficas correspondientes.
Cada Oficina es de propiedad, gestión y desarrollo independiente
La presente publicación describe las características esenciales del inmueble, debiéndose consultar al responsable de la operación por la eventual actualización de las medidas, descripciones arquitectónicas y funcionales, servicios, impuestos, precios y demás información, cuyos valores son aproximados.