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Venta de Terrenos en San Antonio

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U$S 20.000

Terreno en San Antonio, Rocha
450

El terreno se encuentra ubicado en la manzana 65 de san antonio, en una zona muy agreste y tranquila.- el balneario se encuentra situado en la zona sur del departamento de rocha, sobre las costas del océano atlántico, al noreste de la palom

Ordenanza del Balneario: Artículo 22 º. Balneario San Antonio 22.1. Área mínima de solares 800 m2 Se establecen los siguientes valores FOS (Factor de Ocupación de Suelo) y FOT (Factor de Ocupación Total) FOS 35% FOT 70% Altura máxima 7 metros. RETIROS FRONTAL: 4 m FONDO: 20% En caso de construcción de barbacoas, garajes o construcciones accesorias similares cerradas, las mismas podrán ocupar parcialmente el retiro de fondo, cumpliendo con las siguientes condiciones: a. Superficie máxima edificada en el retiro de fondo 30 m2 b. No ocupar los retiros laterales. c. Altura máxima: 3 m. LATERALES: 3 m bilaterales. Podrán ocuparse parcialmente los retiros laterales (hasta 18 m2 cada uno) para la construcción de pérgolas, sombras o cocheras abiertas. Esas construcciones serán con cubiertas livianas y no podrán tener cerramientos verticales. USOS DEL SUELO Se admitirán los usos residenciales, gastronómicos, recreativos y comerciales para abastecimiento diario (panaderías, almacenes, carnicerías, farmacias, verdulerías, boutiques, venta de artesanías, papelerías, quioscos, bazares y programas de características similares). Por mas información ingresar al siguiente link http://www.rocha.gub.uy/portal/index.php?id=38 Referencia Interna : Tera-515

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U$S 30.000

Terreno en San Antonio, Rocha
760

Lote ubicado en la manzana 53 de san antonio. el balneario se encuentra situado en la zona sur del departamento de rocha, sobre las costas del océano atlántico, al noreste de la paloma. se accede al mismo desde el km 234.500 de la ruta 10.

El lote esta compuesto por dos solares y está a escasos metros del mar. Ordenanza del Balneario: Artículo 22 º. Balneario San Antonio 22.1. à rea mínima de solares 800 m2 Se establecen los siguientes valores FOS (Factor de Ocupación de Suelo) y FOT (Factor de Ocupación Total) FOS 35% FOT 70% Altura máxima 7 metros. RETIROS FRONTAL: 4 m FONDO: 20% En caso de construcción de barbacoas, garajes o construcciones accesorias similares cerradas, las mismas podrán ocupar parcialmente el retiro de fondo, cumpliendo con las siguientes condiciones: a. Superficie máxima edificada en el retiro de fondo 30 m2 b. No ocupar los retiros laterales. c. Altura máxima: 3 m. LATERALES: 3 m bilaterales. Podrán ocuparse parcialmente los retiros laterales (hasta 18 m2 cada uno) para la construcción de pérgolas, sombras o cocheras abiertas. Esas construcciones serán con cubiertas livianas y no podrán tener cerramientos verticales. USOS DEL SUELO Se admitirán los usos residenciales, gastronómicos, recreativos y comerciales para abastecimiento diario (panaderías, almacenes, carnicerías, farmacias, verdulerías, boutiques, venta de artesanías, papelerías, quioscos, bazares y programas de características similares). Por mas información ingresar al siguiente link http://www.rocha.gub.uy/portal/index.php?id=38 Referencia Interna : Tera-513

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